Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
TEMA: Improcedencia del recurso.
SÍNTESIS: Este asunto se interpone con motivo de la sentencia emitida en un juicio de nulidad que declaró la nulidad de la resolución administrativa donde se otorgó parcialmente la solicitud de saldo a favor de la actora.
En el proyecto se propone desechar el recurso pues la declaratoria de nulidad decretada por la Sala responsable no determinó una cantidad específica, sino que reconoció libertad de jurisdicción para el cálculo del impuesto, al haberse acreditado que se estableció por un monto mayor del erogado por la actora, con motivo del contrato de cesión de derechos sobre un inmueble. Entonces, al tratarse de un asunto de cuantía indeterminada, resulta improcedente el recurso.
Por otro lado, tampoco se acredita el supuesto de procedencia por importancia y trascendencia pues, aunque la recurrente refiere que se inaplicaron diversas jurisprudencias emitidas por órganos del Poder Judicial de la Federación, estos criterios no versaron sobre constitucionalidad de normas.
Finalmente, aunque la recurrente refiriere que se verifica la procedencia del recurso en términos de la fracción III, incisos a) en relación con los diversos e) y f) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, lo cierto es que, no sostiene argumentos para evidenciar que la Sala hubiera interpretado algún precepto legal, de manera expresa o implícita; de ahí tampoco se actualicen las últimas fracciones mencionadas.
En consecuencia, procede desechar la revisión adhesiva, al seguir la suerte de lo principal.
Punto resolutivo:
"ÚNICO. Se desechan los recursos de revisión principal y adhesivo."
Expediente
189/2025
Tribunal
Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
José Sebastián Gómez Sámano
Fecha
30 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
TEMA: Improcedencia del recurso.
SÍNTESIS: Este asunto se interpone con motivo de la sentencia emitida en un juicio de nulidad que declaró la nulidad de la resolución administrativa donde se otorgó parcialmente la solicitud de saldo a favor de la actora.
En el proyecto se propone desechar el recurso pues la declaratoria de nulidad decretada por la Sala responsable no determinó una cantidad específica, sino que reconoció libertad de jurisdicción para el cálculo del impuesto, al haberse acreditado que se estableció por un monto mayor del erogado por la actora, con motivo del contrato de cesión de derechos sobre un inmueble. Entonces, al tratarse de un asunto de cuantía indeterminada, resulta improcedente el recurso.
Por otro lado, tampoco se acredita el supuesto de procedencia por importancia y trascendencia pues, aunque la recurrente refiere que se inaplicaron diversas jurisprudencias emitidas por órganos del Poder Judicial de la Federación, estos criterios no versaron sobre constitucionalidad de normas.
Finalmente, aunque la recurrente refiriere que se verifica la procedencia del recurso en términos de la fracción III, incisos a) en relación con los diversos e) y f) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, lo cierto es que, no sostiene argumentos para evidenciar que la Sala hubiera interpretado algún precepto legal, de manera expresa o implícita; de ahí tampoco se actualicen las últimas fracciones mencionadas.
En consecuencia, procede desechar la revisión adhesiva, al seguir la suerte de lo principal.
Punto resolutivo:
"ÚNICO. Se desechan los recursos de revisión principal y adhesivo."
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.