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SJF · Tesis

El agente aduanal carece de interés jurídico para reclamar la devolución de impuestos al comercio exterior si no demuestra que los pagó con su propio patrimonio y no en representación del importador.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1964
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El agente aduanal carece de interés jurídico para reclamar la devolución de impuestos al comercio exterior si no demuestra que los pagó con su propio patrimonio y no en representación del importador.

Resumen

El presente fallo establece que un agente aduanal no tiene legitimación para impugnar clasificaciones arancelarias y solicitar la devolución de impuestos al comercio exterior si no acredita haber cubierto dichos impuestos con su propio peculio. La regla general es que el importador es quien tiene el interés jurídico para exigir la devolución, salvo que el agente aduanal pruebe que actuó en nombre propio y que la negativa de devolución le afecta directamente en su patrimonio personal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.