La reserva de hacer valer la prescripción en materia fiscal, al formular una declaración, no implica renuncia a ese derecho, sino la manifestación de la voluntad de invocarla ante la autoridad competente.
La Procuraduría Fiscal de la Federación solicitó la prescripción de la facultad del fisco para calificar declaraciones. El tribunal determinó que al formular una declaración, la reserva de hacer valer la prescripción no constituye una renuncia a dicho derecho, sino la voluntad de invocarlo ante la autoridad fiscal, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica de la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
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