Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito· tema sin holding extraído
Infundado el recurso. Infundados los agravios, porque el Magistrado Presidente sí tiene la facultad de analizar si el recurso interpuesto reúne los requisitos de procedencia, de manera que no es facultad exclusiva del Pleno, el recurso de queja interpuesto no encuadra en lo previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, pues el artículo 81, fracción I, inciso e), de ese mismo ordenamiento legal, prevé el recurso de revisión en contra del sobreseimiento.
No se puede suplir el error, porque realmente se estaría rencuasando la vía en un recurso que no lo permite la Ley.
Expediente
11/2026
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
Ponente
Mireya Meléndez Almaraz
Fecha
19 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Infundado el recurso. Infundados los agravios, porque el Magistrado Presidente sí tiene la facultad de analizar si el recurso interpuesto reúne los requisitos de procedencia, de manera que no es facultad exclusiva del Pleno, el recurso de queja interpuesto no encuadra en lo previsto en el artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, pues el artículo 81, fracción I, inciso e), de ese mismo ordenamiento legal, prevé el recurso de revisión en contra del sobreseimiento.
No se puede suplir el error, porque realmente se estaría rencuasando la vía en un recurso que no lo permite la Ley.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.