La omisión absoluta de entrega de recursos federales a los municipios por parte de los poderes ejecutivos estatales actualiza la procedencia de la controversia constitucional, al tratarse de una violación continua a la autonomía municipal y al principio de integridad de los recursos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Municipio de Tenochtitlán, Veracruz, en contra del Poder Ejecutivo de dicho Estado por la retención indebida de recursos federales correspondientes al FISMDF y FORTAFIN-A-2016. La Corte determinó que la omisión de entrega de estos fondos constituye una violación directa a la Constitución, específicamente al artículo 115, fracción IV, al vulnerar la autonomía financiera y el principio de integridad de los recursos municipales. Por lo tanto, se declaró procedente y fundada la controversia, ordenando al Poder Ejecutivo estatal el pago de las cantidades adeudadas y los intereses correspondientes.
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