Las autoridades fiscales están facultadas para verificar la existencia de operaciones comerciales amparadas con comprobantes fiscales, incluso mediante visitas domiciliarias a proveedores, para determinar la inexistencia, simulación o existencia de dichas operaciones, especialmente cuando la propia contribuyente no aporta pruebas suficientes para acreditar su materialización.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la facultad de las autoridades fiscales para verificar la existencia de operaciones comerciales que amparan los comprobantes fiscales. En el caso, la autoridad realizó una visita domiciliaria a la proveedora de la quejosa, determinando que esta última no contaba con la infraestructura ni la documentación para acreditar la materialización de las operaciones. Al no aportar la contribuyente pruebas suficientes para demostrar la existencia de dichas operaciones, la Corte confirma la potestad de la autoridad para realizar estas verificaciones en ejercicio de sus facultades de comprobación.
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