La imposición de una multa por no expedir comprobantes fiscales digitales no contraviene el principio non bis in idem, aun cuando exista otra sanción por la misma conducta, si esta última se fundamenta en un diverso precepto legal y se refiere a un momento distinto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la legalidad de una multa impuesta a una empresa por no emitir comprobantes fiscales digitales. La empresa argumentó que se violaba el principio non bis in idem al ser sancionada dos veces por la misma conducta. Sin embargo, el tribunal determinó que la sanción era correcta, ya que la multa se basaba en un artículo distinto del reglamento y se refería a un momento específico de incumplimiento, sin que existiera una doble sanción por la misma infracción.
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