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PRIMERA SALA

La compensación de participaciones federales a los municipios, realizada sin un acuerdo de voluntades o por deudas ajenas, transgrede el principio de integridad de sus haciendas municipales y el derecho a recibirlas de forma completa y puntual.

Expediente
57/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
29 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La compensación de participaciones federales a los municipios, realizada sin un acuerdo de voluntades o por deudas ajenas, transgrede el principio de integridad de sus haciendas municipales y el derecho a recibirlas de forma completa y puntual.

Resumen

El Municipio actor impugna la compensación de sus participaciones federales, argumentando que viola el principio de integridad de sus recursos y el derecho a recibirlas íntegramente, además de intereses y recargos. Señala vicios de forma en un convenio previo y que la compensación se aplicó a deudas de una entidad distinta, no del propio municipio. La Suprema Corte analiza la legalidad de la compensación y la correcta aplicación de la Ley de Coordinación Fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.