La improcedencia del juicio de amparo procede contra la orden y ejecución de una visita domiciliaria, al ser actos de tracto sucesivo que no producen efectos de imposible reparación.
El juicio de amparo resulta improcedente contra la orden y ejecución de una visita domiciliaria dentro de un procedimiento de declaración administrativa de infracción. Esto se debe a que dichas actuaciones son de tracto sucesivo, forman parte de un procedimiento administrativo y no generan por sí mismas efectos jurídicos definitivos ni actos de imposible reparación. La afectación alegada solo puede derivar de la resolución final del procedimiento.
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