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5/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito· tema sin holding extraído

Se configura el supuesto previsto en el artículo 193, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, es decir, que la ejecutoria de amparo se encuentra en vías de cumplimiento; por lo cual debe declararse sin materia el incidente de inejecución de sentencia.

Expediente
5/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Miguel Angel Betancourt Vazquez
Fecha
20 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se configura el supuesto previsto en el artículo 193, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, es decir, que la ejecutoria de amparo se encuentra en vías de cumplimiento; por lo cual debe declararse sin materia el incidente de inejecución de sentencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.