Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito· tema sin holding extraído
Se configura el supuesto previsto en el artículo 193, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, es decir, que la ejecutoria de amparo se encuentra en vías de cumplimiento; por lo cual debe declararse sin materia el incidente de inejecución de sentencia.
Expediente
5/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Miguel Angel Betancourt Vazquez
Fecha
20 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se configura el supuesto previsto en el artículo 193, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, es decir, que la ejecutoria de amparo se encuentra en vías de cumplimiento; por lo cual debe declararse sin materia el incidente de inejecución de sentencia.
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