La cesación de los efectos del acto reclamado actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXI, de la Ley de Amparo, lo que conduce al sobreseimiento del juicio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 195/2023, determinó sobreseer el juicio de amparo. La Sala advirtió de oficio que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa impuesta al quejoso había cesado en sus efectos, actualizando la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXI, de la Ley de Amparo. Por lo tanto, se modificó la sentencia recurrida para sobreseer en el juicio respecto a dicho acto reclamado.
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