La retención indebida de participaciones federales por parte de un Estado a un Municipio transgrede el principio de autonomía municipal y el de integridad de los recursos económicos, obligando al Estado a restituir los fondos y pagar los intereses generados por la demora.
El Municipio de Cosautlán de Carvajal promovió controversia constitucional contra el Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz por la retención indebida de participaciones federales correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISMDF) de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2016. La Suprema Corte determinó que dicha retención viola la autonomía municipal y el principio de integridad de los recursos, declarando procedente y fundada la controversia. En consecuencia, se ordenó al Poder Ejecutivo estatal restituir los fondos retenidos y pagar los intereses correspondientes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.