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524/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Concede para efectos el amparo solicitado. El derecho de propiedad, posesión y disfrute no nace de la escritura pública que formaliza el acto jurídico, sino del propio acto jurídico que declara la adjudicación del bien.

Expediente
524/2025
Tribunal
Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Ponente
Juan Jaime González Varas
Fecha
25 feb 2026
Materia
civil
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Concede para efectos el amparo solicitado. El derecho de propiedad, posesión y disfrute no nace de la escritura pública que formaliza el acto jurídico, sino del propio acto jurídico que declara la adjudicación del bien.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.