InvestigaciónDocumento
En línea
3182/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

La garantía de acceso a la impartición de justicia, prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, impone a las autoridades la obligación de resolver las controversias planteadas de manera pronta, completa, gratuita e imparcial, analizando y pronunciándose respecto de cada punto litigioso sometido a su consideración.

Expediente
3182/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
Fecha
13 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La garantía de acceso a la impartición de justicia, prevista en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, impone a las autoridades la obligación de resolver las controversias planteadas de manera pronta, completa, gratuita e imparcial, analizando y pronunciándose respecto de cada punto litigioso sometido a su consideración.

Resumen

El presente extracto aborda la garantía de acceso a la impartición de justicia consagrada en el artículo 17 constitucional. Se enfatiza que esta garantía implica la obligación de las autoridades de resolver las controversias de forma pronta, completa, gratuita e imparcial. Específicamente, se destaca el subprincipio de justicia completa, que exige a los tribunales analizar y pronunciarse sobre todos los puntos litigiosos planteados en un asunto, sin omitir ninguno.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.