El Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región es legalmente competente para conocer de la demanda de amparo cuando el acto reclamado es una resolución dictada por un órgano jurisdiccional auxiliar, y la demanda se presentó ante un órgano judicial diverso que declinó competencia.
Se resuelve un conflicto competencial entre dos juzgados de distrito. El tribunal determina que el Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región es el competente para conocer de una demanda de amparo. Esto se debe a que el acto reclamado fue emitido por un órgano auxiliar, y la demanda se presentó ante un juzgado que declinó competencia, estableciendo así la competencia del órgano auxiliar para resolver el asunto.
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