La manifestación de actos de tortura por parte de los indiciados, al igual que la ausencia de una explicación sobre las lesiones que presenten, imponen al juzgador la obligación de establecer las cargas probatorias correspondientes a las partes, a fin de dilucidar la veracidad de dichas imputaciones y su impacto en la validez de las declaraciones ministeriales.
El quejoso alegó la violación de su derecho a una puesta a disposición inmediata y la falta de información clara sobre la acusación en su contra, así como la realización de actos de investigación por parte de los aprehensores sin autorización del Fiscal. Adicionalmente, señaló la existencia de actos de tortura y la falta de explicación sobre las lesiones que presentaba, lo que, a su juicio, viciaba de nulidad las declaraciones ministeriales. La Corte analiza la obligación del juzgador de ponderar estas manifestaciones y establecer las cargas probatorias pertinentes.
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