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868/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos directos de interés y trascendencia, ya sea de oficio o a petición de diversas autoridades.

Expediente
868/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
7 feb 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos directos de interés y trascendencia, ya sea de oficio o a petición de diversas autoridades.

Resumen

El extracto de la resolución indica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de atraer amparos directos que revistan interés y trascendencia. Esta atracción puede ser iniciada de oficio por la propia Corte o a petición de autoridades como los Tribunales Colegiados de Circuito, el Fiscal General de la República, el Ministerio Público de la Federación o el Ejecutivo Federal. Se mencionan también disposiciones relativas a las competencias de las Salas y las sanciones por incumplimiento en el juicio de amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.