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226/2026OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan

La competencia para conocer de la reparación de daños y perjuicios ocasionados por la concesión de una suspensión en un juicio de amparo, corresponde a los tribunales federales.

Expediente
226/2026
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan
Ponente
Oscar Arturo Murguía Mesina
Fecha
14 may 2026
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia para conocer de la reparación de daños y perjuicios ocasionados por la concesión de una suspensión en un juicio de amparo, corresponde a los tribunales federales.

Resumen

El presente asunto se relaciona con una demanda civil ordinaria que reclama daños y perjuicios derivados de la concesión de una suspensión en un juicio de amparo. El juzgado determinó carecer de competencia legal para conocer del asunto, argumentando que la pretensión de la parte actora descansa en el reclamo de daños y perjuicios ocasionados con la concesión de la suspensión del acto reclamado en un juicio de amparo directo. Por lo tanto, se remite el asunto al tribunal competente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.