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78/2022ConcedeTCCConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La detención de personas migrantes por autoridades administrativas, cuando excede el plazo constitucional de treinta y seis horas sin una justificación legal o resolución judicial que la autorice, es inconstitucional y viola el derecho a la libertad personal.

Expediente
78/2022
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
22 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La detención de personas migrantes por autoridades administrativas, cuando excede el plazo constitucional de treinta y seis horas sin una justificación legal o resolución judicial que la autorice, es inconstitucional y viola el derecho a la libertad personal.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que la detención de personas migrantes por autoridades administrativas, sin una justificación legal o resolución judicial que la autorice y que exceda el plazo constitucional de treinta y seis horas, es inconstitucional. Se enfatiza que la libertad personal es un derecho humano fundamental y que cualquier restricción debe ser excepcional, proporcional y estar prevista en la ley. El fallo modifica la decisión de la Juez de Distrito al conceder la suspensión de plano para que los quejosos queden a disposición del Juez de Distrito en cuanto a su libertad personal, evitando su expulsión, deportación o repatriación, y a disposición de la autoridad migratoria para la continuación del procedimiento, con la imposición de medidas de seguridad legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.