La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los conceptos de violación son esencialmente fundados, salvo en lo referente a la absolución de la devolución de aportaciones al fondo de vivienda, pues el Tribunal de Arbitraje actuó correctamente al eximir al demandado de dicha devolución por las cantidades acumuladas durante la cotización del actor como servidor público.
La Suprema Corte analizó la procedencia de los conceptos de violación en un amparo. Determinó que, en general, los argumentos eran fundados. Sin embargo, precisó que la absolución del demandado respecto a la devolución de las cantidades aportadas al fondo de vivienda por el actor, mientras este cotizó como servidor público, era correcta y no debía ser revocada.
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