La pensión jubilatoria de los trabajadores al servicio del Estado de Chihuahua debe calcularse integrando la compensación y el quinquenio a la base salarial, aun cuando estos conceptos no hayan sido objeto de aportaciones al fondo de pensiones, debiendo condenarse a su pago en caso de omisión.
En un juicio laboral burocrático, la actora reclamó la adecuación de su pensión jubilatoria para incluir la compensación y el quinquenio. La Junta Arbitral consideró que estos conceptos integran salario para efectos de aportaciones de seguridad social y condenó al pago de las omisiones. El Tribunal Colegiado determinó que, al ser parte de la base salarial para el cálculo de la pensión, deben incluirse aunque no se hubieran aportado previamente al fondo de pensiones, ordenando su pago.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.