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SJF · Tesis

El sobreseimiento de un amparo promovido por un tercero extraño a un procedimiento administrativo es infundado cuando se le priva de un bien sin que se le haya notificado o constituido crédito fiscal a su cargo, pues no está obligado a agotar el juicio de anulación ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1977
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento de un amparo promovido por un tercero extraño a un procedimiento administrativo es infundado cuando se le priva de un bien sin que se le haya notificado o constituido crédito fiscal a su cargo, pues no está obligado a agotar el juicio de anulación ante el Tribunal Fiscal de la Federación.

Resumen

El presente amparo en revisión se promovió por un tercero extraño a un procedimiento administrativo del cual se le privó de un vehículo de su propiedad. El Juez de amparo sobreseyó el juicio bajo el argumento de que el quejoso debió agotar el juicio de anulación ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Sin embargo, el Tribunal Colegiado determinó que dicho sobreseimiento era infundado, ya que el quejoso no era parte en el procedimiento ni se le había constituido crédito fiscal, por lo que no estaba obligado a acudir al juicio de anulación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.