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363/2026—TCC11ª Época
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca· tema sin holding extraído

El oficio de observaciones emitido en un procedimiento de revisión de gabinete no constituye la última resolución definitiva, ni tampoco afecta derechos sustantivos, por lo que contra dicho oficio el juicio de amparo es improcedente.

Expediente
363/2026
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca
Ponente
Luz Idalia Osorio Rojas
Fecha
30 jul 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

El oficio de observaciones emitido en un procedimiento de revisión de gabinete no constituye la última resolución definitiva, ni tampoco afecta derechos sustantivos, por lo que contra dicho oficio el juicio de amparo es improcedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.