La información relativa al valor de mercado de las rentas de un inmueble, que aparece en publicaciones o en páginas de internet, constituye una presunción humana apta para que el juzgador de amparo la considere al fijar el monto de la garantía para la suspensión, cuando no existan otros elementos de prueba.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la información sobre el valor de mercado de las rentas de un inmueble, obtenida de publicaciones o internet, puede ser utilizada como una presunción humana para fijar la garantía de suspensión en un juicio de amparo. Esto es aplicable cuando no se dispone de más pruebas, ya que se considera que dicha información refleja el valor comúnmente aceptado en el mercado y puede ayudar a estimar los posibles perjuicios al tercero interesado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.