El sobreseimiento del juicio contencioso administrativo procede cuando la firma del escrito inicial de demanda no corresponde a quien se dice la promueve, al actualizarse una causa de improcedencia de carácter notorio.
Se demandó la nulidad de una cédula de liquidación y multa. La autoridad demandada promovió un incidente de falsedad de documentos respecto a la firma del representante legal de la actora. Al no comparecer el representante legal a estampar su firma para desahogar la prueba pericial grafoscópica, se tuvo por cierta la afirmación de la autoridad demandada sobre la falsedad de la firma. En consecuencia, la demanda se consideró no presentada por falta de requisito esencial, actualizándose una causa de improcedencia y sobreseimiento del juicio.
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