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SJF · Tesis

La prescripción de las multas por falta de local para estacionamiento de vehículos opera al transcurrir cinco años desde que se cometió la infracción, sin que sea aplicable la figura de la infracción continua si el infractor dejó de ser propietario del inmueble.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1964
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La prescripción de las multas por falta de local para estacionamiento de vehículos opera al transcurrir cinco años desde que se cometió la infracción, sin que sea aplicable la figura de la infracción continua si el infractor dejó de ser propietario del inmueble.

Resumen

La presente revisión fiscal aborda la prescripción de una multa impuesta por violaciones a la Ley sobre Estacionamientos de Vehículos. El tribunal determinó que la multa estaba prescrita al haber transcurrido cinco años entre la fecha en que la infractora dejó de ser propietaria del inmueble y la fecha de la inspección. Se consideró que la infracción no era de carácter continuo, ya que la venta del inmueble no fue controvertida.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.