El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando los agravios se constriñen a controvertir las consideraciones de legalidad emitidas por el tribunal colegiado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el recurso de revisión en amparo directo resulta improcedente si los agravios se limitan a impugnar las consideraciones del tribunal colegiado sobre cuestiones de mera legalidad, aun cuando se invoquen preceptos constitucionales. En el caso específico, los agravios se centraron en la interpretación de una norma de legalidad, lo que llevó a desechar el recurso por no plantear una cuestión de constitucionalidad genuina.
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