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322-10-20-01-6-128-11-S1-02-03ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Superior

El importador tiene interés jurídico para impugnar el procedimiento de verificación de origen y la resolución que declara la invalidez de los certificados de origen, cuando de dicha determinación se derive el cobro de un crédito fiscal por la improcedencia del trato arancelario preferencial.

Expediente
322-10-20-01-6-128-11-S1-02-03
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
4 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El importador tiene interés jurídico para impugnar el procedimiento de verificación de origen y la resolución que declara la invalidez de los certificados de origen, cuando de dicha determinación se derive el cobro de un crédito fiscal por la improcedencia del trato arancelario preferencial.

Resumen

El Octavo Tribunal Colegiado de Circuito concedió el amparo a la parte importadora contra la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Determinó que el importador sí tiene interés jurídico para impugnar la resolución que declaró la invalidez de los certificados de origen, ya que de esta resolución se derivó el cobro de un crédito fiscal por la improcedencia del trato arancelario preferencial bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Por lo tanto, se ordenó al Tribunal Fiscal dejar insubsistente la sentencia y emitir otra atendiendo los conceptos de impugnación previamente declarados inoperantes.

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