La ilegalidad de una resolución administrativa se configura cuando la autoridad, al emitir el acto de inicio del procedimiento sancionador, excede el plazo legal establecido para emplazar al particular, contraviniendo así los principios de celeridad e inmediatez que rigen el actuar administrativo.
La Sala Regional en Yucatán del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió un juicio en la vía sumaria. La parte actora impugnó una multa impuesta por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, argumentando la caducidad del procedimiento. El Tribunal determinó que la autoridad excedió el plazo de diez días hábiles para emplazar al particular, contraviniendo el artículo 52 del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones. Por lo anterior, se declaró la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, al derivar de un acto viciado desde su origen.
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