El juicio de amparo indirecto es improcedente contra una orden de visita de verificación que se ejecutó en un solo momento y ya concluyó, al haberse consumado irreparablemente la violación al derecho a la inviolabilidad del domicilio.
El Pleno Regional en Materia Administrativa determinó la improcedencia del juicio de amparo indirecto contra una orden de visita de verificación que se ejecutó en un solo momento. Lo anterior, al interpretar la jurisprudencia P./J. 2/2012 (10a.), la cual establece que la transgresión al derecho a la inviolabilidad del domicilio se produce de momento a momento. Por lo tanto, si la visita concluyó, la violación se consumó irreparablemente y el amparo resulta improcedente.
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