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1124/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La caducidad de la acción de nulidad de juicio concluido no opera si existe una investigación penal sobre la falsedad de pruebas determinantes en el fallo reclamado, pues en tal caso, los plazos de caducidad se suspenden.

Expediente
1124/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
14 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La caducidad de la acción de nulidad de juicio concluido no opera si existe una investigación penal sobre la falsedad de pruebas determinantes en el fallo reclamado, pues en tal caso, los plazos de caducidad se suspenden.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la procedencia de la caducidad de la acción de nulidad de juicio concluido. Se determinó que si existe una investigación penal sobre la falsedad de pruebas que fueron determinantes en el fallo que se pretende anular, los plazos de caducidad se suspenden conforme al artículo 737 E del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México. Por lo tanto, la caducidad no opera en estos supuestos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.