La suspensión definitiva se concede parcialmente para efectos específicos y se niega para otros, según lo determinado en la audiencia incidental.
El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa resolvió la audiencia incidental negando la suspensión definitiva en cuanto a ciertos efectos y concediéndola parcialmente para otros. La decisión se fundamenta en los considerandos tercero y cuarto de la interlocutoria, sin detallar los motivos específicos de la concesión o negativa en este extracto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.