La exigencia de que el quejoso señale expresamente en los conceptos de violación la omisión de la responsable de pronunciarse sobre un planteamiento, constituye un formalismo jurídico que puede impedir el acceso a la justicia, por lo que debe atenderse a la causa de pedir para interpretar la intención del quejoso.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es un rigorismo jurídico exigir al quejoso que señale explícitamente en los conceptos de violación la omisión de la autoridad responsable de pronunciarse sobre un planteamiento. Se consideró que, al atender a la causa de pedir, se debe interpretar la intención del quejoso de obtener una respuesta congruente, y que la carga de señalar expresamente la omisión constituye un formalismo que dificulta el acceso a la justicia. Por ello, se concedió el amparo para que la responsable analizara el argumento omitido.
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