La nulidad de una multa impuesta por la Guardia Nacional debe declararse cuando el servidor público comisionado omite asentar en la boleta de infracción los datos esenciales del oficio de comisión, como la fecha de expedición y la dependencia emisora, afectando la seguridad jurídica del gobernado y su derecho de defensa.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una multa impuesta por un agente de la Guardia Nacional debido a omisiones formales en la boleta de infracción. Específicamente, el agente no proporcionó detalles cruciales sobre su oficio de comisión, como la fecha de expedición y la autoridad emisora, lo cual es indispensable para que el particular conozca la plena facultad del servidor público. Esta falta de identificación adecuada vulnera el derecho a la seguridad jurídica y a la defensa del gobernado, conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia aplicable.
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