El propietario de un vehículo no cuenta con interés jurídico para demandar la nulidad de una boleta de infracción impuesta al conductor, salvo que el vehículo sirva como garantía de la multa o sea retirado de la circulación.
La contradicción de tesis se centró en determinar si el propietario de un vehículo tiene interés jurídico para impugnar una boleta de infracción emitida al conductor. El Pleno del Decimoprimer Circuito determinó que, en general, el propietario carece de este interés, ya que la multa afecta directamente al conductor y no al patrimonio del dueño. Sin embargo, se reconoció que el interés jurídico sí se actualiza si el vehículo es utilizado como garantía para el pago de la multa o si es retirado de la circulación, supuestos en los cuales el propietario podría verse afectado patrimonialmente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.