InvestigaciónDocumento
En línea
147/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

La participación de los integrantes de un observatorio ciudadano legislativo, cuyas actividades son honoríficas, no genera una relación laboral ni da derecho a retribución alguna, al carecer de los elementos esenciales de subordinación y remuneración.

Expediente
147/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
28 sep 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La participación de los integrantes de un observatorio ciudadano legislativo, cuyas actividades son honoríficas, no genera una relación laboral ni da derecho a retribución alguna, al carecer de los elementos esenciales de subordinación y remuneración.

Resumen

El asunto versa sobre la naturaleza jurídica de la participación de los miembros de un observatorio ciudadano legislativo. Se analiza si las actividades honoríficas y sin retribución alguna de sus integrantes configuran una relación laboral. La Corte determina que, al no existir subordinación ni remuneración, no se configuran los elementos esenciales de una relación de trabajo, por lo que la participación es de carácter voluntario y honorífico.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.