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689/2022ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El derecho a la percepción de remuneraciones y prestaciones por el servicio público debe ser determinado con bases y parámetros objetivos, sin que su disminución o desaparición pueda ser justificada por la expedición de una ley posterior que no prevea dichas bases.

Expediente
689/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
17 may 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El derecho a la percepción de remuneraciones y prestaciones por el servicio público debe ser determinado con bases y parámetros objetivos, sin que su disminución o desaparición pueda ser justificada por la expedición de una ley posterior que no prevea dichas bases.

Resumen

El presente caso analiza la constitucionalidad de la disminución y desaparición de diversas prestaciones laborales de servidores públicos, como la prima de antigüedad y el estímulo de liderazgo académico, tras la expedición de un decreto que regulaba las remuneraciones. La Suprema Corte determinó que el derecho a percibir dichas prestaciones, acreditado previamente a la emisión del acto reclamado, debía ser respetado, ya que el decreto posterior no estableció bases objetivas para su determinación y, por ende, su afectación resultaba inconstitucional. La declaratoria de invalidez de la normatividad posterior tuvo efectos posteriores a la presentación de la demanda, pero sirvió como base para el presupuesto del ejercicio fiscal subsecuente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.