El derecho a la percepción de remuneraciones y prestaciones por el servicio público debe ser determinado con bases y parámetros objetivos, sin que su disminución o desaparición pueda ser justificada por la expedición de una ley posterior que no prevea dichas bases.
El presente caso analiza la constitucionalidad de la disminución y desaparición de diversas prestaciones laborales de servidores públicos, como la prima de antigüedad y el estímulo de liderazgo académico, tras la expedición de un decreto que regulaba las remuneraciones. La Suprema Corte determinó que el derecho a percibir dichas prestaciones, acreditado previamente a la emisión del acto reclamado, debía ser respetado, ya que el decreto posterior no estableció bases objetivas para su determinación y, por ende, su afectación resultaba inconstitucional. La declaratoria de invalidez de la normatividad posterior tuvo efectos posteriores a la presentación de la demanda, pero sirvió como base para el presupuesto del ejercicio fiscal subsecuente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.