La agravante prevista en el artículo 84 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos es constitucional, al ser razonable y proporcional la mayor reprochabilidad social atribuida a servidores públicos o miembros de las fuerzas armadas en la comisión de delitos contra la Ley de Armas.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 84 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que prevé un aumento de pena cuando el responsable de ciertos delitos contra la ley de armas sea o haya sido servidor público o miembro de las fuerzas armadas. La Sala determinó que dicho aumento es constitucional, pues es razonable y proporcional considerar que la comisión de estos delitos por parte de personas con acceso a armas y conocimiento especializado representa un mayor riesgo y reprochabilidad social. Por lo tanto, se confirma la validez de la agravante.
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