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SJF · Tesis

La omisión de promover el juicio de nulidad contra un acuerdo que considera a un contribuyente como causante de un impuesto, dentro del plazo legal establecido, implica la aceptación de dicha determinación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1954
Materia
civil
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La omisión de promover el juicio de nulidad contra un acuerdo que considera a un contribuyente como causante de un impuesto, dentro del plazo legal establecido, implica la aceptación de dicha determinación.

Resumen

El promovente confesó haber sido notificado verbalmente de que se le consideraba causante del impuesto de ingresos mercantiles, a pesar de gozar de una excepción previa. Al no interponer juicio de nulidad dentro del plazo de quince días, se consideró que consintió la determinación. El fallo destaca que contra dicha determinación no procedía recurso alguno, ni consulta a la Secretaría de Hacienda, y que el recurso de reconsideración, de interponerse, carecería de efectos, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.