Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
En el proyecto se propone conceder el amparo, toda vez que asiste razón a la quejosa al existir una violación procesal que afectó sus defensas, pues la responsable dictó sentencia sin dar oportunidad que se llevara a cabo la audiencia privada que había programado a solicitud de la actora, lo que sin duda trastocó su derecho fundamental de audiencia, así como el de adecuada y oportuna defensa, pues si en el juicio de resolución exclusiva de fondo, está previsto que cuando alguna de las partes solicite audiencia privada, ésta deberá celebrarse, tal y como lo dispone el artículo 58-23 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, no solo debió acordarse dicha petición, sino que debió llevarse a cabo previo al dictado de la sentencia, lo cual no ocurrió.
Expediente
395/2024
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ricardo Gallardo Vara
Fecha
27 nov 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
En el proyecto se propone conceder el amparo, toda vez que asiste razón a la quejosa al existir una violación procesal que afectó sus defensas, pues la responsable dictó sentencia sin dar oportunidad que se llevara a cabo la audiencia privada que había programado a solicitud de la actora, lo que sin duda trastocó su derecho fundamental de audiencia, así como el de adecuada y oportuna defensa, pues si en el juicio de resolución exclusiva de fondo, está previsto que cuando alguna de las partes solicite audiencia privada, ésta deberá celebrarse, tal y como lo dispone el artículo 58-23 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, no solo debió acordarse dicha petición, sino que debió llevarse a cabo previo al dictado de la sentencia, lo cual no ocurrió.
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