La improcedencia del juicio de nulidad y del amparo contra la negativa de devolución de impuestos pagados de más, no se actualiza por la falta de agotamiento previo del recurso administrativo, si la resolución que niega la devolución no es un acto consentido.
El presente criterio establece que la falta de agotamiento del recurso administrativo previo a la solicitud de devolución de impuestos pagados en exceso no genera la improcedencia del juicio de nulidad ni del amparo. Esto se debe a que la resolución que niega la devolución no se considera un acto consentido, ya que no es una consecuencia necesaria y legal del acto administrativo original.
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