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SJF · Tesis

El cumplimiento espontáneo de las obligaciones fiscales, aun cuando se trate de correcciones a declaraciones, actualiza la exención de multas prevista en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, siempre que no medie requerimiento, notificación de orden de visita domiciliaria o cualquier otra gestión de la autoridad tendiente a la comprobación del cumplimiento.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2000
Materia
fiscal
Sentido

Holding · resolución sintética

El cumplimiento espontáneo de las obligaciones fiscales, aun cuando se trate de correcciones a declaraciones, actualiza la exención de multas prevista en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, siempre que no medie requerimiento, notificación de orden de visita domiciliaria o cualquier otra gestión de la autoridad tendiente a la comprobación del cumplimiento.

Resumen

El presente caso analiza la aplicación del artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, que exime de multas por cumplimiento espontáneo de obligaciones fiscales o por correcciones realizadas antes de que la autoridad fiscal intervenga. La quejosa corrigió una omisión fiscal mediante una declaración complementaria antes de ser notificada de una orden de visita domiciliaria. El tribunal determinó que dicha corrección se consideró espontánea, actualizando la exención de la multa, al no haber mediado requerimiento o notificación previa por parte de la autoridad.

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