La tramitación de un juicio laboral en una vía incorrecta constituye una violación procesal que amerita la reposición del procedimiento, al afectar las defensas de las partes y trascender al resultado del laudo.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito concedió el amparo a los quejosos al advertir una violación procesal de oficio. La Junta responsable tramitó incorrectamente la demanda bajo el procedimiento ordinario, cuando debió ser en la vía especial, dado que la acción principal reclamaba el pago correcto de la prima de antigüedad. Esta incorrecta sustanciación afecta las defensas de las partes y trasciende al resultado del laudo, por lo que se ordenó la reposición del procedimiento.
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