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529/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

El sobreseimiento parcial decretado por el a quo debe confirmarse, pues de oficio se advierte la actualización de una diversa causal de improcedencia respecto al acto reclamado al Presidente de la República, consistente en la aplicación de la ley impugnada, al no haberla combatido por vicios propios, conforme al artículo 108, fracción III, de la Ley de Amparo.

Expediente
529/2019
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
René Olvera Gamboa
Fecha
5 ago 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento parcial decretado por el a quo debe confirmarse, pues de oficio se advierte la actualización de una diversa causal de improcedencia respecto al acto reclamado al Presidente de la República, consistente en la aplicación de la ley impugnada, al no haberla combatido por vicios propios, conforme al artículo 108, fracción III, de la Ley de Amparo.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito confirmó el sobreseimiento parcial de un juicio de amparo. La decisión se basó en la actualización de una causal de improcedencia, de oficio advertida, respecto al acto reclamado al Presidente de la República. La quejosa no impugnó dicho acto por vicios propios, conforme al artículo 108, fracción III, de la Ley de Amparo, y además, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido la constitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.