InvestigaciónDocumento
En línea
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

Los agravios deben impugnar directamente la sentencia del Juez de Distrito, sin que constituyan tales las meras apreciaciones de las partes sobre el fallo.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1927
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los agravios deben impugnar directamente la sentencia del Juez de Distrito, sin que constituyan tales las meras apreciaciones de las partes sobre el fallo.

Resumen

El presente criterio establece que para que un escrito sea considerado como agravio, es indispensable que ataque directamente la sentencia emitida por el Juez de Distrito. Las simples opiniones o apreciaciones de las partes sobre el fallo no cumplen con este requisito, por lo que no pueden ser consideradas como agravios válidos en un proceso legal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.