La legitimación de la parte quejosa para promover un incidente de inejecución de sentencia en el juicio de amparo es excepcional y procede cuando la autoridad responsable se muestra contumaz en el cumplimiento de la ejecutoria.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es competente para resolver la presente contradicción de criterios. El asunto versa sobre la legitimación de la parte quejosa para promover un incidente de inejecución de sentencia en el juicio de amparo. Se analizará si, de manera excepcional, el quejoso puede plantear dicho incidente ante la actitud contumaz de la autoridad responsable de cumplir con la ejecutoria que le otorgó la protección federal.
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