Los derechos por expedición de copias de documentos públicos son válidos si se apegan al principio de proporcionalidad, pudiendo el legislador establecer tarifas distintas basadas en el costo del servicio y razones de política fiscal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 24/2025, promovida por la CNDH contra Leyes de Ingresos de Municipios de Hidalgo para el Ejercicio Fiscal 2025. La CNDH impugnó cobros por servicios de reproducción de información, acceso a la información y alumbrado público. La Corte determinó que los derechos por expedición de copias son válidos si guardan relación con el costo del servicio y razones de política fiscal, y que los cobros por alumbrado público municipal son inválidos.
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