Los agravios en el recurso de revisión carecen de fundamento cuando no desvirtúan el apoyo principal de la sentencia recurrida.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios en un recurso de revisión son infundados si no logran desvirtuar los argumentos esenciales en los que se basó la sentencia recurrida para sobreseer el juicio. En el caso, la sentencia de primera instancia se apoyó en la inexistencia de un mandamiento de archivo y en que el expediente seguía abierto, aspectos que los agravios no combatieron eficazmente, por lo que se confirmó el sobreseimiento.
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