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205/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Los agravios en el recurso de revisión son inoperantes cuando no combaten frontalmente la totalidad de las razones que sustentaron la decisión del tribunal de alzada sobre la constitucionalidad de las normas reclamadas.

Expediente
205/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
26 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los agravios en el recurso de revisión son inoperantes cuando no combaten frontalmente la totalidad de las razones que sustentaron la decisión del tribunal de alzada sobre la constitucionalidad de las normas reclamadas.

Resumen

En el presente recurso de revisión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los agravios formulados por la recurrente resultaron inoperantes. La recurrente impugnó la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Civil y de la Ley del Notariado del Estado de México. Sin embargo, la Corte consideró que dichos agravios no combatieron de manera directa y completa las consideraciones emitidas por el tribunal de amparo para declarar la constitucionalidad de las normas, lo que los tornó inoperantes y, por ende, improcedentes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.