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97/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La garantía del derecho de acceso a la información pública impone al Estado la obligación de establecer procedimientos administrativos ágiles y efectivos para la tramitación de solicitudes, con plazos breves para la respuesta y bajo la responsabilidad de funcionarios capacitados y sujetos a rendición de cuentas.

Expediente
97/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
10 may 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La garantía del derecho de acceso a la información pública impone al Estado la obligación de establecer procedimientos administrativos ágiles y efectivos para la tramitación de solicitudes, con plazos breves para la respuesta y bajo la responsabilidad de funcionarios capacitados y sujetos a rendición de cuentas.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al analizar el derecho de acceso a la información, retomó los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se enfatizó que la garantía de este derecho exige que el Estado implemente procedimientos administrativos eficientes, establezca plazos cortos para la resolución y entrega de información, y asegure que los funcionarios encargados estén debidamente capacitados y sean responsables jurídicamente por sus acciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.