La garantía del derecho de acceso a la información pública impone al Estado la obligación de establecer procedimientos administrativos ágiles y efectivos para la tramitación de solicitudes, con plazos breves para la respuesta y bajo la responsabilidad de funcionarios capacitados y sujetos a rendición de cuentas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al analizar el derecho de acceso a la información, retomó los estándares de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se enfatizó que la garantía de este derecho exige que el Estado implemente procedimientos administrativos eficientes, establezca plazos cortos para la resolución y entrega de información, y asegure que los funcionarios encargados estén debidamente capacitados y sean responsables jurídicamente por sus acciones.
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